viernes, 14 de noviembre de 2008

La autorización de los padres

Actualmente, la colocación de piercings o la realización de tatuajes no son actividades libres. Quienes decidan dedicarse a ello como negocio deberán cumplir con la reglamentación impuesta al efecto.
Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid, el reglamento impone ciertas normas que hacen a la seguridad de los sitios en que se realizan. De esta manera se pretende responsabilizar a sus autores y concienciar a quienes se tatúan o perforan, para evitar las consecuencias graves que trae la falta de medidas higiénicas.
Pero también establece que cualquier menor que quiera hacerse un tatuaje o un piercing necesita de un permiso firmado por sus padres o sus tutores. El gobierno ha aprobado un decreto que exige dicha autorización.
Esto responde a uno de los derechos garantizados en la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual establece que los gobiernos de los países deberán adoptar todas las medidas eficaces y apropiadas que sean posibles para prohibir las prácticas tradicionales que sean perjudiciales para la salud de los niños.

Porque, a fin de cuentas, los tatuajes y los piercings no son “bonitos” o “feos”, eso depende del gusto de cada cual. Pero suponen un riesgo potencial para la salud y pueden tener consecuencias sociales y psicológicas a largo plazo. Es recomendable que los adultos en quienes confiamos nos aconsejen respecto a ellos.

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